Todo el mundo debería ya saber que la Unión Europea se ha encargado de eliminar las fronteras comunes dentro de la propia zona, barreras físicas, técnicas y fiscales. También ha establecido por medio del consenso una serie de tasas y cupos comunes a todos los productos que provengan del exterior, así como tratados internacionales para facilitar el comercio.
La Unión posee competencias cedidas de los estados miembros en muchos aspectos, pero en algunos otros como por ejemplo la diplomacia, apenas tiene poder. No obstante una serie de normativas se han conseguido implantar para la facilitación de los trámites de los ciudadanos europeos en el exterior.
Estamos ya más que acostumbrados a poder cruzar las fronteras con los países socios sin ningún problema, sin tener que pasar por ningún control, ni tener que hablar con ningún agente fronterizo, esto es gracias a la libre circulación de personas, ciudadanos. Pero esto de ser ciudadanos europeos, aparte de cada uno nuestro país propio tiene algún que otro derecho que no es tan conocido.
¿No te has preguntado qué pasaría si te encuentras en un país en el cual no existe una embajada o consulado del que tú eres nacional? La UE ha tratado de solucionar este problema y desde el año 2006 con el Libro Verde de la UE, se comienza a plantear posibles soluciones a este problema. Al año siguiente, en el Tratado de Lisboa, se establece finalmente en el Artículo 20 del mismo que: “Todo ciudadano de la Unión podrá acogerse, en el territorio de un tercer país en el que el Estado miembro del que es nacional no está representado, tendrá derecho a la protección de las autoridades diplomáticas y consulares de cualquier Estado miembro, en las mismas condiciones que los nacionales de dicho Estado. Los Estados miembros adoptarán las disposiciones necesarias y entablarán las negociaciones internacionales requeridas para garantizar dicha protección.”
Siendo así pues, que todo ciudadano europeo tiene protección diplomática o consular en los países en los cuales exista una embajada o consulado de cualquier país miembro. De hecho la propia UE tiene embajadas y consulados por todo el mundo, a las cuales también nos podríamos dirigir en el caso de necesitarlo, muchas de las cuales incluidas dentro de las propias embajadas o consulados de los países miembros y no en un edificio distinto. En la imagen se puede ver los países del mundo en los cuales se tiene representación desde la los organismos de la Comunidad, lo que no significa que los países miembros no tengan en representación en los mismos.
Por lo tanto y siendo la vocación en este Blog hablar de dinero y su escasez, encuentro una facilidad gracias a la legislación europea de protección en el extranjero, pero también veo una excesivo uso de recursos en cuanto a representación diplomática se refiere. Mi proposición es la eliminación de las embajadas y consulados estatales de cada una de las naciones de la Unión en sustitución de una sola, aunque mucho más grande, perteneciente al conjunto de todas ellas. Además, hoy en día, sobre todo en mi país, España, se está poniendo de moda eliminar las duplicidades administrativas, aunque no debería ser una moda, sino una regla a cumplir en todo momento.
Carlos Laorden.
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